Definición
Patrón de vigilancia, contacto o supervisión electrónica no deseada, intrusiva y repetida —a menudo usando múltiples canales y tecnologías en línea— dirigido a una persona concreta que le hace temer por su seguridad, sufrir angustia emocional sustancial o experimentar una importante invasión de privacidad; se tipifica como delito cuando las leyes exigen un curso de conducta, intención y temor razonable.
Principio
Principio
La regla organizadora es que la persecución digital persistente y dirigida que interfiere materialmente con la sensación de seguridad o la privacidad de una persona es punible cuando la conducta evidencia persistencia o intención y una víctima razonable se sentiría amenazada o angustiada.
Demostración
Demostración
Una expareja crea repetidamente perfiles nuevos para enviar mensajes y vigilar a la persona, publica rumores falsos en redes sociales y usa datos de geolocalización para anticipar movimientos de la víctima; la víctima documenta el aumento del temor y las autoridades lo tratan como acoso cibernético.
Aplicación incorrecta
Aplicación incorrecta
Considerar acoso cibernético un único contacto en línea, verificaciones legítimas de antecedentes o intentos de reconciliación sin evidencia de repetición, vigilancia o intención de intimidar.
Consecuencia
Consecuencia
La correcta aplicación conduce a investigaciones penales, preservación de pruebas digitales, órdenes de cese y desista, medidas que limitan el acceso electrónico y posible enjuiciamiento, que pueden interrumpir el acceso del acosador a la víctima.
Inversión
Inversión
Lo contrario es la vigilancia legítima o el seguimiento consensuado (p. ej., aplicaciones de localización mutua) y las interacciones rutinarias en línea sin persistencia, que no constituyen acoso cibernético aunque puedan percibirse como intrusivas.
Límite
Límite
Abarca la vigilancia y el contacto digitales dirigidos y repetidos; excluye la vigilancia legítima por autoridades, el seguimiento consentido, incidentes aislados de acoso y molestias leves que no generan temor razonable.
Tensión semántica
Tensión semántica
Hay tensión entre la protección de la privacidad y los usos legítimos de tecnologías de vigilancia (control parental, supervisión laboral), y entre la persecución de acosadores y la protección de actividades periodísticas o de investigación; se solapa con doxxing y exfiltración no autorizada cuando esas tácticas facilitan el acoso.
Síntesis
Síntesis
El Acoso Cibernético es el patrón penalizado de vigilancia y contacto digitales dirigidos y repetidos que amenaza materialmente la seguridad o la privacidad de una persona; se distingue de insultos aislados y de la vigilancia lícita por su persistencia, intención y el temor razonable que provoca.